Tarifas por uso de infraestructura portuaria aplicables a embarcaciones en tráfico de altura y cabotaje aplicables en los puertos concesionados a la Administración Portuaria Integral de Baja California Sur, S.A. de C.V. Lo anterior, con fundamento en los artículos 36 fracción XII y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1°, 3°, 16 párrafo primero, fracciones, IV, VIII y X, 37, 38, 39, 40, fracción X, 59, 60, 63, 65 fracciones VI, VIII y X de la Ley de Puertos; 3° del Reglamento de la Ley de Puertos; así como 2 fracción XXII y 27 fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como el artículo único fracción VI párrafo primero, del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados y centros SCT correspondientes a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicado en el Diario Oficial de la Federación el 03 de marzo de 2009.
Puerto para embarcaciones comerciales
Concepto
Unidad
Tarifa
Puerto fijo para 500 o más TRB
Embarcación
8,667.00
Puerto variable para 500 o más TRB
Unidad de arqueo bruto (ton)
4.84
Atraque por embarcaciones comerciales
Concepto
Unidad
Tarifa
Atraque
Por cada metro de eslora o fracción y por cada hora
7.72
Muellaje
Por tonelada o fracción de carga embarcada o desembarcada
10.11
Embarque y desembarque de pasajeros
Concepto
Unidad
Tarifa
Instalaciones exclusivas
Por pasajero
62.52
Instalaciones no exclusivas
Por pasajero
41.88
Puerto para embarcaciones menores
Concepto
Unidad
Tarifa
De 0 a 499 TRB
Por unidad de arqueo bruto
3.92
Tarifa diaria por arribo de embarcaciones menores
Concepto
Unidad
Tarifa
Menores de 20 TRB
Por embarcación
19.07
De 21 a 499 TRB
Por embarcación
163.72
Tarifas Vigentes
Tarifa
Pesos
Puerto Fijo
Por embarcación
8,419.69
Puerto Variable
Por unidad de arqueo bruto
4.01
Atraque
Por cada metro de eslora o fracción y por cada hora