FRACCIÓN XLI
El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;
Artículo 75 ° Fracción XLI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur
Descripción: Todos los sujetos obligados deberán publicar la leyenda siguiente:
El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el instituto de seguridad social encargado de administrar las cuentas para el retiro de los jubilados y pensionados del sujeto obligado.
Además, los sujetos obligados publicarán el hipervínculo al sitio de Internet en el que los institutos de seguridad social publiquen los listados de jubilados y pensionados de los primeros, así como el monto de la porción de su pensión que reciban directamente del Estado Mexicano.
RESPONSABLE
DE LA INFORMACIÓN
Gerencia de Administración
FECHA DE VALIDACIÓN DE
LA INFORMACIÓN
30 de Septiembre 2022
FECHA DE ACTUALIZACIÓN
DE LA INFORMACIÓN
30 de Septiembre 2022