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FRACCIÓN XLI

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

Artículo 75 ° Fracción XLI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur

Descripción: Todos los sujetos obligados deberán publicar la leyenda siguiente:

El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el instituto de seguridad social encargado de administrar las cuentas para el retiro de los jubilados y pensionados del sujeto obligado.

Además, los sujetos obligados publicarán el hipervínculo al sitio de Internet en el que los institutos de seguridad social publiquen los listados de jubilados y pensionados de los primeros, así como el monto de la porción de su pensión que reciban directamente del Estado Mexicano.


RESPONSABLE
DE LA INFORMACIÓN

Gerencia de Administración


FECHA DE VALIDACIÓN DE
LA INFORMACIÓN

 30 de Septiembre  2022


FECHA DE ACTUALIZACIÓN
DE LA INFORMACIÓN

 30 de Septiembre  2022